B谩rbara M眉ller en De Esto No Se Habla馃帣 #ElJuicioDeAlimentos.

     

El jueves 8 de Octubre B谩rbara M眉ller, en su columna semanal, nos present贸 #ElJuicioDeAlimentos.

EL JUICIO DE ALIMENTOS 

Qu茅 es la obligaci贸n de dar alimentos que tenemos los padres con nuestros hijos?

La obligaci贸n de dar alimentos que tenemos los padres con nuestros hijos es el conjunto de todo lo que ellos necesitan para vivir, educarse, vestirse, tener un lugar donde vivir, salud, entretenimiento y para que tengan un oficio o profesi贸n.

C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 658 y 659.

¿Siempre tenemos la obligaci贸n de dar alimentos a nuestros hijos?

S铆. La regla es que los 2 padres tienen el deber de dar alimentos a sus hijos. No importa si los hijos viven con uno solo de los padres.

C贸digo Civil y Comercial, Art. 658.

¿Qui茅n fija la cuota alimentaria de nuestros hijos si nos divorciamos?

Los padres tienen que ponerse de acuerdo para fijar la cuota alimentaria de los hijos. Si no lo hacen, el juez fija la cuota.

C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 721.

C贸digo Procesal Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 639.

¿C贸mo cumplo con la obligaci贸n de dar alimentos a mis hijos?

Cumpl铆s con la obligaci贸n de dar alimentos a tus hijos cuando pag谩s una cuota en dinero. Tambi茅n pod茅s pagar en especie, por ejemplo, pagando el colegio, el club, la obra social, etc.
La cuota se fija teniendo en cuenta las necesidades del hijo y las posibilidades econ贸micas de los padres.

C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 659.

¿Cu谩ndo tengo que pagar la cuota alimentaria de mi hijo?

El momento en que se paga la cuota alimentaria lo acuerdan los padres o lo dispone el juez. Se puede pagar por mes, cada 15 d铆as o por semana, por ejemplo.

C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 542.

¿Hasta cu谩ndo tenemos los padres la obligaci贸n de alimentar a nuestros hijos?

Los padres tienen la obligaci贸n de darle alimentos a sus hijos hasta los 21 a帽os o hasta los 25 a帽os si estudian o se capacitan en un arte u oficio y no pueden mantenerse por sus propios medios.

C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Arts. 658 y 663.

¿Puedo darle a mi hijo mayor de edad dinero en forma directa?

Si no conviv铆s con tu hijo mayor de edad, pod茅s darle dinero en forma directa para sus gastos diarios. Ese dinero puede destinarlo a esparcimiento, estudiar, vestirse, etc. Esta suma la acord谩s con el otro padre o la fija el juez.
Record谩 que tu hijo es mayor de edad cuando cumple 18 a帽os.

Ley 26.994 C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Anexo I, art. 662.

Si me divorci茅 y me encargo de la casa y de los chicos ¿esas tareas cuentan c贸mo alimentos para mis hijos?

S铆. Las tareas cotidianas que hace el padre que cuida a los hijos tienen un valor econ贸mico y son un aporte a tener en cuenta al fijar los alimentos.

Ley 26.994 C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Anexo I, art. 660.

Si mi hijo convive el mismo tiempo con cada uno de sus padres ¿es necesario fijar una cuota alimentaria?

Cuando uno de los padres tiene un nivel de vida m谩s alto que el otro, el padre con m谩s recursos econ贸micos tiene que pasar una cuota para que el hijo mantenga el mismo nivel de vida en los 2 hogares.

C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 666.

Qui茅n puede hacer el reclamo cuando uno de los padres no paga los alimentos del hijo?

Pueden reclamar:

  • El otro padre en nombre del hijo.
  • El hijo, si tiene madurez suficiente acompa帽ado por un abogado.
  • Si ellos no reclaman, puede hacerlo otro pariente o el Ministerio P煤blico.

C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 661.

Durante el juicio por alimentos ¿mi hijo puede recibir alimentos?

S铆. El juez puede ordenar el pago de alimentos provisorios durante el juicio cuando el padre que cuida al hijo demuestra que los necesita por falta de medios.

C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 544.

¿Puedo reclamarle a los abuelos los alimentos para mis hijos?

S铆. Pod茅s reclamarle a los abuelos alimentos para tus hijos en el mismo juicio de alimentos contra el padre que no paga o en otro juicio diferente. Pero para ello, vas a tener que demostrar que es dif铆cil recibir los alimentos del padre incumplidor. C贸digo Civil y Comercial de la Naci贸n, Art. 668.

Dra. Barbara M眉ller. Mat T°XIIIF°445 

B谩rbara M眉ller es 
abogada de familia y laboral, casada con dos hijos. Desde peque帽a decidi贸 que quer铆a ser y con esfuerzo lo logr贸, gracias a su constancia y apoyo familiar. Gran defensora de los derechos humanos, sostiene que son fundamentales para el desarrollo de una sociedad limpia y sin discriminaci贸n, y es el deber del Estado garantizarnos el acceso a la justicia y que se cumplan las premisas de nuestra Carta Magna que es nuestra Constituci贸n. 

En su columna encontraremos la informaci贸n necesaria para hacer respetar nuestros derechos. 

"Deseo profundamente que podamos vivir en un mundo en donde la palabra justicia tenga el sentido que se merece" 

B谩rbara M眉ller.

DATOS 脷TILES

B脕RBARA M脺LLER

dra.barbara.j.muller@gmail.com

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Todo el an谩lisis de la actualidad de la mano de militantes del campo #Nacional y #Popular. "De Esto No Se Habla"馃帣... Junto a Rub茅n Novello, Julio Dauro, Gabriel Fernandes, Luc铆a Mart铆n y la #Participaci贸n de B谩rbara M眉ller.  En los controles: Sebastian Piantoni, D´urso Lucas y Fiorela Vega. Difusi贸n y Contenido para Redes / Multimedia: Nazareno Urbani. 

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